Ante la publicación del Decreto N° 332/2019 (B.O. del 06/05/2019), mediante la cual se modifica la alícuota de la tasa de estadística del 0,5% al 2,5%, el Centro Despachantes de Aduana (CDA) comunica a sus asociados que miembros de la Comisión Directiva se encuentran manteniendo reuniones con funcionaros de la Dirección General de Aduanas (DGA), a efectos de esclarecer las dudas surgidas respecto de la aplicación del pago de la tasa de estadística sobre las mercaderías que se exporten en forma suspensiva o definitiva para consumo y la aplicación de la misma para las importaciones bajo los ACE 58; 59 y 72.
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GESTIONES CDA: Modificación de la alícuota de la Tasa de Estadística
Asimismo, se ha manifestado la preocupación devenida por los Despachantes de Aduana, como así también la de sus clientes, por la falta de previsibilidad de este nuevo costo, sin que se haya contemplado una excepción para las mercaderías que, con anterioridad a la fecha de su entrada en vigencia, hubiesen sido expedidas con destino final al territorio aduanero por tierra, agua o aire y cargadas en el respectivo medio de transporte, o cuenten con una Carta de Crédito irrevocable abierta o documento equivalente o un pago anticipado efectuado con anterioridad a la fecha indicada precedentemente.
En cuanto tengamos mayores novedades respecto del tema de asunto, lo estaremos informando por los diferentes medios de comunicación que posee la Institución.
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